Michael Huemer – El Problema de la Autoridad Política (V)

Consecuencialismo e integridad

Argumentos consecuencialistas en apoyo de la obligación política

  • Organización de los argumentos consecuencialistas en favor de la obligación política: un razonamiento consecuencialista es el que otorga valoración moral a las consecuencias que un acto produce y que se remiten a ella para tratar de deducir legitimidad y obligación política[1]. Ejemplo del razonamiento es que el estado proporciona unos servicios esenciales que nadie procuraría en su ausencia, y por tanto, tenemos el deber de impulsar esenciales servicios obedeciendo la ley[2]
  • Las prestaciones que proporciona el estado: Ahora bien, se aducen tres servicios esenciales que presta el estado, y son, la protección frente a los delitos que unos individuos puedan cometer contra otros; un conjunto de normas de comportamiento social aplicables de forma homogénea; el servicio de defensa.
  • El deber de hacer el bien: según los consecuencialistas, las personas tienen el deber de fomentar ciertos valores como el desarrollo de la justicia, el incremento de la utilidad, la cultura de la tributación, etc. que, en última instancia, se reduce al acatamiento general de la ley como requisito necesario para el funcionamiento del estado. Dicho de otro modo, que el coste de obedecer las leyes para el funcionamiento del estado es menor en relación con lo que la mayoría recibe del estado. En esa línea es que va el razonamiento de los consecuencialistas.
  • La actuación individual de cada persona carece de trascendencia: que si la mayoría no cumple con las leyes que permitan funcionar al estado es distinto que afirmar que todos tengan que cumplirla para evitar su desmoronamiento. Por otro lado, hay leyes que son acatadas por motivos puramente morales, independientemente de si la ley exista o no[3].

Consecuencialismo normativo

Como vimos, no todas las leyes se acatan per se, pues existen leyes que acatamos por motivos puramente morales y no políticos. Además, no es cierto que todos debemos acatar las leyes so pretexto de evitar el derrumbamiento del estado. Dicho esto, el consecuencialismo normativo intenta refutar las preposiciones anteriores con la siguiente: “¿Qué ocurriría si todos obrasen de igual modo?”.

Es decir, que si todos se comportasen de determinada manera estaría mal, y es un motivo que por sí sólo basta para no proceder así. Es un principio que afirma que no se debe hacer algo que sería malo si todos lo hicieran. Sin embargo, hay casos en los que el principio resulta absurdo. Supongamos que decido dedicarme profesionalmente a la filosofía, ¿y si todo el mundo lo hiciera? Pues que nos la pasaríamos todo el día filosofando, dejando de producir bienes y servicios esenciales. Pero esto no sirve como prueba de que sea moralmente incorrecto ser filósofo. Tampoco es cierto que todo el mundo se dedicaría profesionalmente a la filosofía porque yo haya optado por ello.

Afirmar que no debemos hacer algo que sería malo si todos lo hicieran es un principio defendible sólo cuando no respalda una defensa de la obligación política en términos generales, es decir, cuando esté refrendada por una exigencia moral autónoma.

Integridad

  • El comportamiento justo hacia los demás como fundamento de la obligación política: otro de los argumentos para obedecer la ley porque de lo contrario sería injusto para las demás personas que son quienes las acatan es la obligación del deber de “juego limpio” como denomina Huemer. Los servicios que provee el estado y el pago de impuestos es un ejemplo claro: si todos nos servimos de sus servicios, sería injusto que algunos no paguen sus impuestos, puesto que nos beneficia a todos.
  • La obediencia como precio a pagar por los servicios estatales: en tanto no se privaticen los servicios esenciales que provee el estado[4] es razonable pagar impuestos destinados al sueldo de los jueces, policías, soldados, etc. Sin embargo, existen leyes más cuestionables como por ejemplo, que sea ilegal fumar marihuana,  la eutanasia, la gestación subrogada, y muchas más libertades civiles individuales y que, sin embargo, consumen parte del presupuesto destinado al aparato policial y judicial de los estados. Ni hablar de la ley de organizaciones políticas[5].

Más peligroso para las libertades individuales es tener que obedecer toda ley que salga del estado que desobedecer aquellas que no pongan en riesgo servicios esenciales que brinda, tales como la justicia o la defensa.

  • Obligación política de los disidentes: como es natural, no todos están de acuerdo con todas las leyes que emanan del estado, ya sean por considerarlas injustas, inmorales o simplemente absurdas. Independientemente de los motivos por los cuales se inclinan por reducir el estado o desaparecerlo, lo cierto es que no se los puede tildar de malos por no cumplir las leyes que consideran injustas. Lo ideal sería que cada ciudadano pueda elegir el tipo de estado donde vivir (estado socialista, liberal, conservador, etc.) o que pudiera vivir en territorio donde los bienes y servicios esenciales se provean de manera privada. Pero esto sólo es posible bajo el liberalismo.
  • El problema de las prestaciones alternativas en cada caso concreto: muchas veces el acatamiento a la ley nos impide dedicarnos a cosas más importantes. En concreto, si los impuestos que pago para el sueldo de la clase política los dono o los reparto en los barrios más pobres: ¿me convierto en desestabilizador del estado y en mal ciudadano? Yo creo que no, porque mi recursos (mis impuestos) ahora tienen un destino más valioso, y eso gracias a mí: no al estado.

La cuestión de la legitimidad

  • Una justificación consecuencialista de la legitimidad: la justificación consecuencialista de la legitimidad del estado se da “cuando coacciona a los ciudadanos y les arrebata su propiedad mediante los impuestos, ya que actuar así sería necesario para impedir el hundimiento de la sociedad. Si el estado no hiciera cumplir las leyes de modo coactivo, habría demasiados infractores, y si no empleara la violencia para recaudar impuestos, no tendría manera de funcionar.”
  • Extensividad e independencia del contenido: según Huemer, las actividades del estado que pueden considerarse legítimas se clasifican en nueve categorías[6]
  • Supremacía: a diario vemos que el estado no tiene supremacía en el sentido de ser el exclusivo aparato de coacción hacia los individuos. Si el estado es incapaz de proporcionar protección frente al delito, existe la seguridad privada, misma que, a pesar de la presencia del estado, existe. Actualmente vivimos una etapa de relativo pacifismo entre estado, salvo claro, lo que se vive entre las potencias. En un país como Bolivia, que, al margen de su peso ideológico, no presenta amenaza geopolítica para las potencias, es factible pensar en una defensa provista por el sector privado. Lo mismo podría aplicarse con estados tan pequeños como el nuestro. No es imposible pensar que la justicia y la defensa se logren privatizar en Bolivia: claro, antes bien, logremos desterrar el fanatismo y el protagonismo que aún logra capitalizar el socialismo.

[1] Página 98

[2] Si el estado proporciona la justicia cobrando impuestos, es malo dejar de pagar impuestos.

[3] Uno no mata o roba porque así lo diga la ley del estado. Uno no mata o roba porque se estaría cometiendo una injusticia hacia la víctima.

[4] Justicia, defensa, infraestructura, etc.

[5] Capítulo III  https://www.lexivox.org/norms/BO-L-N1096.html

[6] Véase pág. 116-19

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